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Home Legislación

Implementación de la Ley de tareas diferentes definitivas

by ANTONIO LEIVA
29 junio, 2012
en Legislación, Noticias Gremiales
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El gobierno de Santa Fe ha publicado las “Pautas para la implementación de la Ley 13.197” , que titulariza a los reemplazantes de larga duración.

Para tener en cuenta:
El art. 3º de la Disposición 01/12 establece un plazo máximo de 60 días corridos desde el dictado de la misma, para que cada Jurisdicción comience a implementar lo establecido en el Anexo.

– Punto 1 – Alcances: establece las pautas para que se cree el “Cargo Diferente Definitivo”:
a) Que sean Titulares del cargo
b) Que tenga otorgada Tareas Diferentes Definitivas
c) Que el cargo sea susceptible de ser reemplazado según el ordenamiento normativo vigente.
d) Que se encuentre efectivamente con un reemplazo vigente.

– Punto 2 – Inicio del Trámite
El Ministerio donde el agente preste servicios iniciará el expediente con la siguiente documentación:
a) Copia Certificada del Dictamen de Junta Médica que asignó tareas diferentes definitivas;
b) Informe de la DGA o la DGRH que acredite que existe un reemplazo vigente;
c) Formulario “A”: que contiene los datos del agente al que se lo designará en el Cargo Diferente Definitivo y del agente que en el mismo acto administrativo se designará en el cargo que queda vacante.

– Los expedientes serán exhibidos a los representantes de las entidades gremiales cuando éstas lo requieran. Pudiendo las jurisdicciones involucradas ponerlas en conocimiento del inicio de las referidas actuaciones.

Decrteo_1919.pdf

La implementación de esta ley es un gran paso en la desprecarización laboral por la que venimos luchando.

María Fernanda Boriotti
Presidenta Si.Pr.U.S.

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