INFORMACIÓN PARA LOS AFILIADOS: DECLARACIÓN JURADA DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
Recordamos que en virtud de la RG 2437/08, aquellos trabajadores en relación de dependencia, quienes desempeñen cargos públicos, jubilados y pensionados, se encuentran obligados a informar a la AFIP hasta el día 30/06, dependiendo de los ingresos obtenidos durante el año 2013:
a) Cuando hubieran percibido durante el año 2013 sueldos brutos iguales o superiores a $ 96.000:
1.Declaración Jurada de Bienes Personales, que comprende el detalle de sus bienes al 31 de diciembre del 2013, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales.
b) Cuando hubieran obtenido durante el año 2013 sueldos brutos totales por un importe igual o superior a $ 144.000:
1. Declaración Jurada de Bienes Personales, que comprende el detalle de sus bienes al 31 de diciembre del 2013, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha y
2. Declaración Jurada de Ganancias, que comprende el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Dichas declaraciones Juradas se confeccionan en sistema aplicativo provisto por AFIP, y deben contar con Clave Fiscal para realizar las presentaciones y cumplimentar la obligación fiscal.