La resolución, firmada por la jueza Moira Fullana, dio la razón a la acción de amparo iniciada por la Fesprosa y dio lugar a la medida cautelar que suspende provisoriamente la aplicación del artículo 3 del DNU 340/25 a los trabajadores y trabajadoras representadas por la Federación.

En el día de hoy, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3 dio lugar a la medida cautelar presentada por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (Fesprosa), con el patrocinio de la Dra. Mercedes González.
La jueza Fullana consideró que correspondía la intervención del fuero laboral y que el artículo 3 del DNU 340 afecta gravemente el derecho a huelga consagrado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
La resolución de la Justicia a favor de Fesprosa es un nuevo triunfo de los trabajadores y trabajadoras de la salud en la defensa de sus derechos y de la salud pública del país.